1949. Teoría egológica y teoría pura (Balance provisional de la visita de Kelsen a la Argentina)

1949. Teoría egológica y teoría pura (Balance provisional de la visita de Kelsen a la Argentina)

Revista Jurídica Argentina La Ley, tomo 56, Buenos Aires, 1949

El magno acontecimiento espiritual que la reciente visita de Hans Kelsen ha significado para los juristas argentinos, y en general para los juristas de habla española, nos obliga a ir tamizando desde ahora los resultados perdurables del acontecimiento, tal como se recogen las arenas auríferas en la corriente cenagosa y turbulenta que las arrastra. Pues el Maestro instalado en la cátedra de la Facultad de Derecho de Buenos Aires, desde el 2 al 25 de agosto próximo pasado, se puso en contacto con el público argentino ante un clima de expectativa sin precedentes en nuestros ambientes jurídicos. Conocida la causa de esta tensión de los espíritus, no podemos olvidarla como pincelada inicial al afrontar nuestra tarea, porque sin ella perderíamos un hilo necesario a la comprensión de los detalles. En tal sentido se reconoce, con unanimidad de pareceres, que la causa exclusiva del clima propicio, con su expectativa y con su tensión, se debe redondamente al hecho de la difusión nacional alcanzada por la Teoría Egológica, pues los juristas egológicos puestos, desde hace tres lustros, en la tarea, no de repetir a Kelsen, sino de repensarlo, impusieron la Teoría Pura en nuestro medio como una moneda jurídica circulante, y obligaron a los demás a conocer a Kelsen, con las limitaciones naturales de los intereses y las capacidades de cada cual. Pero precisamente este origen de la inquietud kelseniana en la Argentina, siendo un origen de desgarramiento al modo de ser que tenía nuestra mentalidad jurídica tradicional, arrojó sobre la extraordinaria expectativa algunas impurezas que, como la escoria, han de ser rigorosamente dejadas de lado en la tarea de tomar los granos auríferos.

1948. ¿Como ve Kelsen a la teoria egologica del derecho?

¿Cómo ve Kelsen a la teoría egológica del derecho?

Revista Jurídica Argentina La Ley, tomo 52, Buenos Aires, 1948

La pregunta que sirve de título a estas líneas, ha ido ganando prestigio, de unos años a esta parte, en todos los ámbitos estudiosos del continente Latino-americano; y ahora, más allá del océano, ha sido formulada en lugares de gran resonancia en Portugal, España, Italia, Austria, Alemania, Bélgica, Suecia y, naturalmente, también en los Estados Unidos. Se ha transformado, pues, en un problema que nos concierne directamente. Sin embargo, ello ha sido así, no como el paisaje que insensiblemente va ganando su colorido con la luz del amanecer, sino, al revés, como esas nieblas montañeras que lentamente avanzan por las quebradas su bocanada de humo, tapando a manchones aquí un seto, allá una granja, más allá una serranía, pero dejando más vivida, acaso por el contraste de la exclusividad, la voz grave del arroyo que, como el alma del momento matinal, sigue modulando su mensaje para las almas que lo saben escuchar. Vale la pena, pues, recordar la trayectoria de este drama espiritual argentino de alcance internacional, el que, en su maduración ambigua, es, hoy por hoy, una expectativa americana e hispánica, cuya dilucidación acaso se produzca con la próxima visita de Kelsen a nuestro país, anunciada para mediados del año venidero. Indudablemente el origen de la cuestión debe colocarse en el hecho de que Kelsen no posee el idioma castellano. Aunque mi correspondencia epistolar con él me viene en inglés y le llega en castellano, no es lo mismo recibir una carta en un idioma desconocido (pues para una carta siempre existe la posibilidad de una traducción por parte de algún secretario), que tener que apechugar con obras extensas donde a la labor de meditación debe acompañar una exacta captación de los matices del pensamiento que se estudia. Partamos, pues, de la base cierta que a Kelsen le era desconocida la Teoría egológica a pesar de haber recibido desde 1936, con “El Concepto puro de Revolución”, todas las publicaciones atinentes a ella.

1954. La polémica anti-egológica

La polémica anti-egológica (respuesta al profesor Hans Kelsen)

Revista Jurídica Argentina La Ley, tomo 56, Buenos Aires, 1954

cossio_logoLas siguientes palabras de Edmundo Husserl, dirigidas contra Mauricio Schlick en el Prólogo de su Sexta Investigación Lógica, al parecer merecen recordarse con frecuencia en las polémicas científicas; por lo menos en el presente caso ellas son harto pertinentes: “Hay autores que con desembarazo imponderable practican una crítica despectiva basada en lecturas tan poco concienzudas que les llevan a la audacia de atribuir a la fenomenología y a mí, los mayores absurdos. Leemos con asombro… (aquí se transcribe un pasaje de la «Teoría general del conocimiento» de Schlick). Todo aquel a quien sea familiar la fenomenología ha de reconocer la total imposibilidad de que yo haya expresado nunca una afirmación tan insensata como la que me atribuye Schlick en las frases subrayadas, y ha de reconocer también la falta de verdad en su restante exposición del sentido de la fenomenología. Naturalmente, he exigido una y otra vez: estudios penosos. Pero no de otro modo que el matemático los exige de quien pretenda hablar de cosas matemáticas y aventurar una crítica sobre el valor de la ciencia matemática. En todo caso, dedicar a una teoría menos estudio que el necesario para comprender su sentido y, sin embargo, criticarla, es contrario a las leyes eternas de la probidad literaria. He de advertir además expresamente que en M. Schlick no se trata meramente de deslices menos importantes, sino de absurdas confusiones, sobre las cuales está basada toda su crítica”. Es increíble cómo se repite en la historia científica el sofisma llamado ignoratio elenchi y que consiste en atribuir al adversario algo que no ha sostenido. El sofisma está teóricamente desembozado y sin embargo casi no hay polemista que no incurra en él. La expansión polémica del movimiento egológico dentro de los pueblos de habla española, suministra una rica confirmación de esta insubsanable debilidad lógica de la polémica que hemos tenido que afrontar.